REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO, PARA LA ELECCIÓN DE CANDIDATURAS Y DE SEDES ORGANIZATIVAS, Y PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS REUNIONES, CONGRESOS O JORNADAS ANUALES DE LA ASOCIACIÓN “JORNADAS DE ENFERMERÍA EN CIRUGÍA ORTOPÉDICA Y TRAUMATOLOGÍA” (JENCOT)
PREÁMBULO.
La Asociación “Jornadas de Enfermería en Cirugía Ortopédica y Traumatología” (JENCOT), tiene como fines estatutarios, entre otros, la promoción, organización y celebración de jornadas de carácter científico, para el fomento del estudio, investigación, docencia, formación continuada y práctica en el ámbito de la Enfermería, en su especialidad de Cirugía Ortopédica y Traumatología.
El cumplimiento de dichos fines exige dotar a tales eventos de unas pautas que sirvan como marco normativo reglamentario, para su organización y funcionamiento, así como la designación de candidaturas y sedes en las que aquellas deben tener lugar, para cuya elaboración se ha tenido en cuenta, principalmente, la experiencia acumulada de varios años en la organización de Jornadas similares, por parte de la gran mayoría de las/os promotoras/es de la Asociación, y, además, se adoptan sus criterios y se asumen determinadas decisiones, ya adoptadas en el seno de las mismas.
Artículo 1. Denominación, celebración y contenido.
Bajo la denominación de “JORNADAS NACIONALES DE ENFERMERÍA EN TRAUMATOLOGÍA Y CIRUGÍA ORTOPÉDICA”, se celebrará cada año, en el lugar y fechas designados al efecto (se sugiere el mes de Mayo), con una duración de tres días, una reunión de carácter científico, técnico y práctico, abierta al sector profesional de la enfermería, para su formación e intercambio de conocimientos y experiencias, con exposición, publicación y difusión de los trabajos presentados y, en su caso, de las conclusiones obtenidas.
Artículo 2. Elección de candidatura y sede de las Jornadas.
- En el curso de la celebración de las Jornadas de cada año será elegida la candidatura que organizará, y será la sede, del segundo año consecutivo siguiente a aquel en el que se designe.
- La nominación será entregada o remitida, a la/el Presidenta/e de las Jornadas en que corresponda la designación, con la documentación que mas adelante se dirá, antes de las doce horas del día de comienzo de aquellas.
- La documentación (dossier) que deberán presentar las candidaturas será la siguiente:
- Solicitud que comprenderá la denominación del colectivo que presente la candidatura; la identificación y datos de contacto de la persona que represente la candidatura; la identificación y datos profesionales de la persona que se propone para presidir las Jornadas, caso de ser elegida, si ésta fuera distinta de aquella, y su compromiso para formar parte de la Asociación, como socia/o de número; y el lema o título que se propone para definir la candidatura que se presenta.
- Cartas de acreditación del Gerente del hospital u hospitales que participen; carta de apoyo del Ayuntamiento de la ciudad cuya celebración se propone y cartas de las Instituciones mas representativas a nivel estatal, de comunidad autónoma, provincial o local, que respalden la candidatura.
- Sede para realizar las Jornadas, con descripción de los medios y capacidad para albergar al menos 700 personas.
- Hoteles o alojamientos suficientes, así como lugares para poder realizar las comidas y cenas que requieran las Jornadas.
- El esquema, filosofía, borrador y avance del programa para las Jornadas, que incluirá, al menos, lo siguiente: A) Los temas, cuestiones o aspectos que se pretenden abordar y el lema bajo el que podrían enmarcarse las Jornadas, y B) Una relación y descripción de los actos sociales.
Artículo 3. Presidencia, comités y otros órganos de las Jornadas.
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Presidencia. Funciones.
Las Jornadas de cada año serán presididas por la persona designada por la candidatura que haya resultado elegida para dicho año, por parte del Comité establecido al efecto, ratificada por la Asamblea General de la Asociación, y será denominada Presidenta/e de las Jornadas, que llevará aparejado el desempeño de las funciones de Presidenta/e del Comité Organizador, y miembro de pleno derecho del Comité asesor, de las Jornadas en cuestión. Como Presidenta/e de las Jornadas tendrá la prerrogativa de designar libremente a los miembros del Comité Organizador y del Comité Científico; la función y responsabilidad de mantener la dirección y coordinación entre los distintos comités; la obtención de medios, recursos y financiación para las Jornadas; las de elaboración, control y ejecución del Presupuesto de las Jornadas; la presentación de las cuentas de las Jornadas para su aprobación por la Asociación; la apertura y disposición de cuentas bancarias relacionadas con las Jornadas; la autorización de los pagos; la jefatura del Protocolo de los actos que integran las Jornadas y la representación única en las relaciones con la Secretaría Técnica de las Jornadas.
- Comité Organizador. Funciones.
Estará integrado por las personas y bajo las secciones o tareas que la/el Presidenta /e de las Jornadas designe y será responsable de la elaboración y mas eficaz cumplimiento del programa, así como de la fijación de normas sobre las Ponencias, o el desarrollo de la normativa sobre Comunicaciones y Pósters, que constan en el presente Reglamento, o el establecimiento de Premios y sus bases reguladoras, en los términos que tengan por conveniente. Igualmente este comité servirá de apoyo y/o ayuda a las/os asistentes a las Jornadas, en la medida en que éstas/os lo demanden o sea necesario, según los términos convenidos con la empresa responsable de la Secretaría Técnica.
- Comité Científico. Funciones.
Sus miembros, en cuanto a número y cualificación, serán designados por la/el Presidenta/e de las Jornadas, en consonancia con los temas de carácter científico, técnico o práctico, que deban ser tratados y velarán porque las Jornadas tengan el mayor nivel posible. Este Comité se encargará de examinar, seleccionar y aceptar las Comunicaciones recibidas, así como de otorgar los Premios a las Comunicaciones y a los Pósters que hayan sido fijados en la convocatoria del programa de las Jornadas y sean de su competencia.
- Comité Asesor y Comité de Adjudicación de Candidaturas. Funciones.
- 4.1. El Comité Asesor estará integrado por diez miembros. La/el Presidenta/e de la edición corriente de las Jornadas, que será la/el Presidenta/e del Comité y otras nueve personas designadas por la Asamblea General de la Asociación para cada edición. También formará parte de este Comité Asesor, a título de invitada/o, con voz pero sin voto la persona elegida para desempeñar la Presidencia de las Jornadas, en la candidatura designada para el año siguiente a la edición en curso.
- 4.2. Este Comité Asesor tendrá como funciones:
- 4.2.1. En su propia condición: servir de Órgano consultivo a la/el Presidenta/e de las Jornadas, a los demás Comités, y a las propias Jornadas, actuando a favor de su promoción, el desempeño de tareas de
cooperación y ayuda, así como de marketing y difusión, y potenciar la asistencia y participación en las mismas, o cualquier otra actuación o intervención, de análoga naturaleza, que les solicite la/el Presidenta/e.
- 4.2.2. En su condición de Comité de Adjudicación de Candidaturas: se reunirá durante la celebración de las Jornadas nacionales de cada año, para elegir, de entre las que se presenten, y proponer su designación al órgano competente de la Asociación (la Asamblea General), por conducto de su Presidenta/e, la Candidatura, Presidenta y Sede, en que tendrá lugar la celebración de las Jornadas correspondientes al segundo año siguiente al del momento en que se designan.
Artículo 4. La Secretaría Técnica.
La/el Presidenta/e de las Jornadas, en su condición de representante legal de la Asociación, contratará, por el precio y en las condiciones que considere mas oportunos, los servicios de una empresa especializada, como Secretaría Técnica de las Jornadas, para el desempeño de las tareas de convocatoria, contactos, suscripciones, acreditaciones, acopio de medios técnicos y humanos, organización y desarrollo, y cuantas sean necesarias, para el buen fin y resultado mas satisfactorio de las Jornadas. La designación y contratación de la Secretaría Técnica tendrá como referencia su indudable experiencia y acreditada solvencia, dentro del sector.
Artículo 5. Disposiciones básicas sobre Ponencias, Comunicaciones, Pósters y Premios.
- Las Ponencias y Comunicaciones podrán ser presentadas en formato Powerpoint y soporte de CD, DVD o Pendrive.
- Las Comunicaciones serán orales o en formato de póster, preferíblemente como resultado de trabajos de investigación. En ambos casos estarán dirigidas a las respectivas Areas Temáticas, Mesas de Debate o Ponencias programadas.
- Para poder presentar una Comunicación es imprescindible que al menos el primer firmante/ponente, esté inscrito en las Jornadas. No se admitirá más de una Comunicación con el mismo ponente.
- Los autores serán un máximo de ocho, identificados por primer apellido e iniciales del nombre (Ej. Martínez, J.; Fernández, R; ...).
- Los resúmenes deberán redactarse en castellano y enviarse a través de la web que haya establecido la Secretaría Técnica para el servicio de las Jornadas, sin que se acepte otro tipo de envío.
- El resumen tendrá un contenido máximo de 400 palabras, estará estructurado según el orden habitual: introducción, objetivos, material y método, resultados, conclusiones y bibliografía.
- En los resúmenes no se podrá incluir ni gráficos, ni figuras, ni tablas.
- El plazo de recepción de los resúmenes de comunicaciones finalizará en plazo aproximado de un mes anterior al día del comienzo de las Jornadas, que será fijado en el programa con la suficiente antelación.
- El Comité Científico evaluará exclusivamente los resúmenes de comunicaciones recibidas hasta la fecha límite.
- La notificación de la aceptación o no de los resúmenes, se realizará, como mínimo con una antelación aproximada de quince días anteriores al comienzo de las Jornadas, sin perjuicio de su fijación concreta en el programa.
- El Comité Científico se reserva el derecho a reclamar información adicional sobre el resumen presentado, así como la conveniencia de su presentación como póster.
- El Programa fijará la duración de las exposiciones orales y de los turnos de preguntas.
- La dimensiones y características de los Póster serán fijados en el programa.
- La presentación de una comunicación o póster supondrá la aceptación de la normativa que, al efecto, deberá insertarse en cada programa y no será contraria a las presentes disposiciones, que regirán y se insertarán en defecto de aquellas.
- En cada edición de las Jornadas se expondrán todos los Pósters, en un lugar adecuado y se convocarán los Premios sobre Comunicaciones y Pósters que el Comité Organizador señale, que serán concedidos por el Comité Científico, a excepción del premio al Mejor Póster que sea otorgado por votación de los asistentes a las Jornadas.
Disposiciones Adicionales.
Primera. Las primeras Jornadas a celebrar, bajo los auspicios de esta Asociación, comenzarán su andadura con la numeración correlativa siguiente a las 24 Jornadas celebradas en Burgos en 2.008.
Segunda. Con la aprobación de este Reglamento quedan designadas y ratificadas las candidaturas de los colectivos de Enfermería de los Hospitales de Avila y de Ibiza, y de sus sedes, para la celebración de las Jornadas previstas en los años 2.009 y 2.010, respectivamente, sin necesidad de que, para dichos años, deba adoptarse ninguna otra decisión por parte del Comité “ad hoc” que el mismo contempla.
Tercera. Excepcionalmente, el Comité Asesor para las Jornadas previstas en el año 2009, estará formado por once personas, que incluirán la/el Presidenta/e de dicho año (que actuará como Presidenta/e del Comité), la/el Presidenta/e del año 2.010 y nueve miembros designados por la Asamblea General de la Asociación.
EL PRESENTE REGLAMENTO FUE APROBADO POR UNANIMIDAD EN EL MISMO ACTO FUNDACIONAL DE LA ASOCIACIÓN, EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA CATORCE DE ENERO DE DOS MIL NUEVE.